Según la información facilitada por el Ministerio de Transportes, el Gobierno francés ha establecido que, a partir de enero de 2025, todas las empresas de transporte por carretera, ya sean de viajeros o mercancías, estarán obligadas a informar a sus clientes sobre los gases de efecto invernadero (GEI) emitidos en cada servicio de transporte que realicen.
Si bien no hay establecido un formato sobre la forma de llevar a cabo dicha información, ésta debe hacerse de tal forma que resulte clara e inequívoca, pudiendo ser sancionados con multas de hasta 3.000 euros.
Esta medida ya estaba en vigor desde 2013 pero referida sólo a la información sobre el CO2 emitido
Dicha obligación se aplica a todas las operaciones de transporte cuyo origen y destino estén en el territorio francés, incluso cuando las realice un transportista extranjero. En cuanto a la metodología de cálculo a utilizar deberá tenerse en cuenta la cantidad de energía consumida para cada desplazamiento multiplicada por un factor de emisión específico para cada tipo de energía, que puede consultarse en el sitio web de la Agencia Francesa de Medio Ambiente y Gestión de la Energía https://www.ademe.fr/
Escrito por Raquel Arias
Fuente: Transporte Profesional
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