La DGT ya está probando un nuevo sistema de vigilancia a base de cámaras, que multa dos infracciones: saltarse un STOP y no respetar una línea continua.
Se trata de un proyecto piloto y la intención es que se sumen a la ingente tecnología de vigilancia de la que ya dispone de tráfico: radares, drones o cámaras de control de uso indebido del móvil y la utilización del cinturón, entre otras.
¿En qué consiste este sistema y cómo funciona? ¿Ya está multando a los infractores? ¿Dónde están colocadas? Esto es todo lo que sabemos de esta nueva tecnología tras hablar con la DGT y Automovilistas Europeos Asociados (AEA).
De momento, en pruebas: esto es lo que nos dice la DGT
La DGT acaba de anunciar esta nueva tecnología que está en fase de pruebas. Se basa en una o dos cámaras que vigilan y graban el hacer de los automovilistas ante una señal de STOP o una línea continua en carriles de incorporación.
En caso de incumplimiento, el vídeo se envía automáticamente al Centro de Tratamiento de Denuncias Automáticas, tramitándose la denuncia y la pertinente multa para el infractor. Igual que por ejemplo hace un radar de velocidad o las cámaras de vigilancia del uso de móvil y el cinturón.
Así funciona, y sanciona, en cada caso:
- Cámara de STOP. Una cámara de vídeo se ubica en un cruce regulado por un STOP. Está calibrada para detectar si los coches o vehículos se detienen totalmente o no ante la línea. Si no lo hacen, se considera que no se está respetando el STOP y se denuncia automáticamente al infractor.
- Cámaras línea continua. Dos cámaras de vídeo controlan dos carriles: una el de incorporación y otra el derecho de la vía, pegado a él. Lo que hacen es controlar si el coche o vehículo se incorpora a la vía antes de que termine la línea continua. Si en pocos metros se le detecta en carril de incorporación y luego en el derecho, el sistema entiende que la ha rebasado e igualmente denuncia automáticamente al infractor.
¿Están ya multando? De momento, la DGT únicamente adelanta a Motorpasión que está en fase de pruebas, pero no nos confirman que ya se esté sancionado con este sistema. Las multas en ambos casos serían de 200 euros y sólo la de saltarse un STOP conlleva detracción de puntos: la resta de cuatro puntos del carnet.
Desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y su presidente, Mario Arnaldo, nos confirma que una tecnología en pruebas no puede sancionar. Así, se entiende que estas nuevas cámaras de momento se están probando, pero no están emitiendo denuncia alguna.
¿Se implantarán de forma generalizada? En función de los resultados y conclusiones que saquen de los test, lo harán o no. Aunque lo lógico es que lo hagan pues otras tecnologías de vigilancia de la DGT testadas previamente han pasado a usarse: los drones, los pequeños e indetectables radares Velolaser, las cámaras de cinturón posteriormente calibradas para detectar el uso del móvil etc.
¿Cuántas hay y dónde están colocadas? La DGT tampoco nos detalla el número de estas cámaras en pruebas, ni dónde se están colocando. No obstante, será en carreteras y vías vigiladas por la DGT: carreteras convencionales o bien en autovías.
Aunque hay que tener en cuenta que autovías como la M-40 o la M-50, en Madrid, están vigiladas por Tráfico, por lo que perfectamente se podría estar controlando carriles de incorporación en estas vías.
Por su parte, las señales de STOP las encontramos en múltiples incorporaciones de carreteras convencionales, así como en cruces. Pero también pueden estar en incorporaciones a autovías desde vías urbanas.
Una tecnología de dudosa veracidad: las multas se podrían recurrir fácilmente
A diferencia de los radares o por ejemplo los semáforos foto-rojo, estas cámaras no se basan en una medición objetiva, ni tampoco están reguladas por normativa: cómo deben ser, qué criterios técnicos deben cumplir en su calibración, márgenes de error etc.
Sin valor probatorio. “Estas cámaras, como las del cinturón o del uso indebido del móvil se basan en un modelo de imagen, en un patrón que se define. Pero el problema es que no están sujetas a un control técnico o metrológico definidos por regulación normativa”, nos explica Arnaldo.
Y esto choca de frente con la esencia de una multa o denuncia: su valor probatorio. “Estos sistemas automatizados no tienen garantía alguna, porque no están regulados técnicamente“.
Arnaldo detalla que una tecnología estaría al mismo nivel que un ciudadano que denuncia una infracción: solo un agente tiene presunción de veracidad y además el hecho tiene que haberlo visto in situ. Al menos así está regulado. Y es que una imagen puede fallar o se puede manipular.
“Llevamos mucho tiempo cuestionando este tipo de sistemas. Y hemos recurrido muchas multas impuestas por estas tecnologías automatizadas, que han sido finalmente anuladas”, asegura Arnaldo refiriéndose a las cámaras que controlan el uso del cinturón. Éstas se basan igualmente en un patrón definido, pero no en una medición objetiva.
Sin regulación técnica, habrá muchas multas que se recurran. En definitiva, estas nuevas cámaras, de momento no sancionan. Y si la DGT las implanta definitivamente deberían regularse mediante una normativa que las defina técnicamente o sus multas podrán recurrirse fácilmente.
Así ocurrió al principio con los semáforos foto-rojo, instalados desde hace años en algunas ciudades. Antes de que se definieran mediante regulación, AEA recurrió con éxito muchas multas que además fueron señaladas como ilegales por el Tribunal Supremo (TS).
También con las impuestas por las cámaras del cinturón: un Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid determinó que la imagen captada no era una prueba válida porque el sistema no estaba sometida a un control metrológico. Así, miles de multas ya impuestas por este sistema, quedaron en entredicho.
Escrito por:
Fuente:: Motorpasión
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