Como el de alcoholemia: proponen un test que cuantifique si se ha dormido adecuadamente para ponerse al volante y que se practique en caso de accidente para que pueda determinarse como causa del siniestro.
Según publica The Guardian, lo está desarrollando la Universidad de Monash (Melbourne, Australia) basándose en un procedimiento para detectarlo mediante un análisis de sangre. Y su objetivo es el de crear un test para realizar pruebas in situ, como ya ocurre el de alcoholemia o el drogotest.
Todo ello con la intención de que las normativas de tráfico comiencen a incluir este supuesto, pues es una de las causas de la tan peligrosa fatiga al volante. Lo que se traduciría en que podría multarse igual que ya se hace con el alcohol y las drogas.
Cinco o cuatro horas: la “tasa” del sueño mínima para ponerse al volante
Según la DGT, la fatiga está presente como causa entre un 20 % y un 30 % de los accidentes de tráfico. La principal causa de este problema es conducir sin realizar los descansos recomendados, pero también otros factores pueden influir. Entre ellos no dormir adecuadamente. De hecho, esto puede propiciar fatiga crónica, que no es precisamente buena compañera al volante.
Detectar cuánto se ha dormido mediante un análisis de sangre. Este investigación, financiada por la Oficina de Seguridad Vial del gobierno australiano, parte de la premisa de que conducir habiendo dormido menos de cinco horas puede ser tan peligroso como ponerse al volante superando la tasa de alcohol permitida. Aquí es donde entra en juego la prueba que permita determinar esto.
Y precisamente es lo que están desarrollando, los investigadores de esta universidad australiana han identificado cinco biomarcadores en la sangre, que podrían detectar si alguien ha estado despierto durante 24 horas o más. No obstante, necesita más pruebas y trabajo, ya que de momento están cerca del 90 % de precisión. Y por otro lado, están buscando dar con la tecla para que el sistema determine cuántas horas se ha dormido.
Según recoge The Guardian, la profesora Clare Anderson, que lidera esta investigación, considera que en dos años podría estar lista una prueba de laboratorio eficaz mediante análisis de sangre, similar a la segunda prueba forense por dar positivo en el drogotest.
Pero además, también estiman que también podría desarrollarse un test portátil, como el de alcoholemia y las drogas, para practicarlo en plena carretera tras un accidente de tráfico. “Con la inversión adecuada para poder escalar esto, creo que dentro de cinco años podremos implementar estas pruebas basadas en biomarcadores“, asegura otra de las investigadoras.
Si bien la idea es que vaya enfocado a los transportistas profesionales, que son los más susceptibles de sufrir la fatiga al volante por las largas horas que pasan al volante.
¿Por qué menos de cinco horas? La investigación se ha basado en 61 estudios de laboratorio y campo para determinar esta “tasa” o línea mínima del sueño. “Según nuestro metanálisis, parece que entre cuatro y cinco horas de sueño sería razonable para marcar el límite”, explica Madeline Sprajcer, investigadora del sueño en la Universidad Central de Queensland en Wayville (Australia).
Y lo compara con los efectos del alcohol al volante: “En Australia, y en muchos países, la concentración de alcohol en sangre del 0,05 % es el límite legal para conducir, donde se duplica el riesgo de sufrir un accidente de tráfico. Por debajo de unas cinco horas de sueño previo también es donde también vemos que el riesgo se duplica aproximadamente en comparación con las personas que han descansado bien”.
Sólo una recomendación, excepto para conductores profesionales
La DGT ha alertado en no pocas ocasiones de los riesgos de conducir fatigado. De hecho, recomiendan que se pare y descanse cada dos horas en largos viajes. O , por ejemplo, que no nos pongamos al volante sin haber descansado adecuadamente o tras una comida copiosa, pues son factores que pueden producir o acelerar la fatiga y la somnolencia conduciendo.
Y es que la fatiga puede ocasionar alteraciones físicas y perceptivas, así como la merma de reflejo o lentitud en la toma de decisiones. En definitiva, efectos similares a los del alcohol.
Los #conductores con apnea del sueño 😴💤 tienen hasta 6,3 veces más posibilidades de #accidentetráfico.
Sus efectos en la conducción son semejantes a los del #alcohol.
Se reduce el riesgo con tratamiento y control de somnolencia diurna.
👉 https://t.co/xQ1HMVHXOo pic.twitter.com/suOuPPE1Uz
— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) November 30, 2020
Pero hablamos de recomendaciones, pues la normativa de tráfico no incluye este supuesto como infracción y por tanto no se multa. Lo único que podría aplicarse, y que siempre depende de la interpretación de un agente, es lo recogido en el Artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación:
El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía.
En base a este precepto se pueden multar distracciones que no están recogidas expresamente en la normativa, en caso de accidente o percance. Por ejemplo, comer o fumar conduciendo. También puede aplicarse en otros casos, como conducir con una vestimenta que no sea adecuada.
En el caso de los transportistas, la regulación sí que contempla multas si no se cumplen los descansos mínimos estipulados en base a la normativa europea, tanto en ruta como entre jornadas. De hecho se recoge como infracción muy grave:
Aumentar en más del 50 por ciento los tiempos de conducción o minorar en más del 50 por ciento los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
La multa por incumplirlo es de 500 euros y resta seis puntos del carnet. Pero como decimos esto sólo se aplica a profesionales del transporte por carretera.
Escrito por:
Fuente:: Motorpasión
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