El fin de lo coches sin etiqueta en Madrid comenzó este 2022, pero a partir del 1 de enero del inminente 2023 el veto a los más contaminantes se ampliará a una nueva zona de la capital: la M-30 estará prohibida para los sin distintivo.
Se trata de la segunda fase para cumplir el plan de convertir a toda la capital en una ZBE al completo, donde ya no podrá circular desde 2025 ningún automóvil que no tenga etiqueta.
¿Por dónde no podrán circular los sin etiqueta? ¿Cómo se controlará a los infractores? ¿Cuál es la multa? ¿Hay excepciones? ¿Y qué pasa con los etiqueta B y C? Todas las preguntas, respondidas.
Vetada la M-30
Desde enero de 2022 los coches sin etiqueta de la DGT ya no podían acceder a toda la zona demarcada por la circunvalación M-30, pero desde el 1 de enero de 2023 tampoco podrán circular por esta autovía urbana.
En definitiva, desde enero NO podrán circular ni accder los automóviles sin distintivo en:
- La M-30 al completo.
- Toda la almendra central (zona interior de la ciudad enmarcada por la M-30).
Solo para coches que no estén empadronados en Madrid
De momento, y así será hasta 2025, solo los coches sin etiqueta sufrirán esta restricción. Lo que significa que motocicletas, ciclomotores, furgonetas y camiones podrán circular sin limitaciones en la M-30.
Además, hay que tener en cuenta que el Ayuntamiento solo aplica el veto a aquellos coches que no estén dados de alta en el padrón municipal de la ciudad de Madrid. Es decir, los que pagan el impuesto de circulación en la capital.
Esto significa que los usuarios que residan en cualquiera de los municipios de la periferia madrileña, y paguen dicho gravamen en los mismos, no podrán acceder o discurrir por toda la M-30 si su coche no tiene etiqueta.
¿Cuáles son los coches que no tienen etiqueta? Depende la norma Euro del propulsor del automóvil, variando si es diésel o gasolina:
- Los gasolina con normativa Euro 3 o anterior.
- Los diésel de normativa Euro 4 o anterior.
Tengo un coche con etiqueta B o C, pero no resido en Madrid, ¿podré circular por la M-30?
Sí. La restricción solo se aplica a los coches sin etiqueta no empadronados en la ciudad, por lo que independientemente de dónde se resida, los coches con distintivo B y C podrán circular libremente por Madrid.
Eso sí, hay excepciones: por ejemplo la ZBE Especial Distrito Centro (Madrid Central) solo permite acceder con vehículos etiqueta ECO y CERO. Los B o C solo pueden entrar si van directos a un aparcamiento.
¿Y en la ZBE especial de Plaza Elíptica? No hay tampoco veto alguno para los B y C en esta zona, que pueden circular por ella sin restricción de ningún tipo.
Multas de 200 euros
Desde marzo de este año, la sanción por circular indebidamente por Zonas de Bajas Emisiones o por no cumplir con las restricciones de los protocolos anticontaminación es de 200 euros (100 con pronto pago).
Está recogida en la nueva Ley de Tráfico y los ayuntamientos pueden optar por imponer esta cuantía o bien mantener la anterior. En el caso de Madrid, se ha optado por alinearse con la recogida en la normativa. Antes la multa era de 90 euros (45 euros con reducción).
Sin sanciones hasta marzo, en principio
Sin aún detallarlo el Ayuntamiento, se entiende que no se empezará a multar el 1 de enero como ya ocurrió este año con la primera fase de Madrid ZBE.
Por tanto, primeramente habrá un periodo de preaviso para que los usuarios conozcan la medida: se les informará de que están cometiendo una infracción, pero sin sancionarles.
Es de esperar que este periodo sin multas esté presente dos meses, por lo que el 1 de marzo deberían empezar las multas. No obstante, este año, la prórroga se extendió un total de cuatro meses, hasta el 2 de mayo.
¿Cómo se controlará el acceso indebido a la M-30?
Según recogen varios medios, el Ayuntamiento de Madrid ya está colocando cámaras en la M-30, y sus accesos, para controlar que se cumpla la medida a base del control de matrícula.
En lo que toca al interior de la M-30, se seguirá vigilando el acceso mediante las cámaras foto-rojo así como por específicas de vigilancia con lector OCR cuya instalación comenzó en verano.
Los coches sin etiqueta que sí podrán circular por la M-30
Pese a no contar con distintivo, hay una serie de coches que no tendrán prohibida la entrada a la M-30, ya sea para siempre o durante un periodo de tiempo:
Coches sin etiqueta empadronados en Madrid. Siempre que se pague el impuesto de circulación en la capital, se podrá seguir circulando sin miedo a una multa por esta autovía urbana. Al menos hasta enero de 2025.
Coches históricos. El veto nunca se aplicará a los automóviles y vehículos que estén matriculados como históricos. Y podrán seguir circulando de manera indefinida, aunque con una serie de limitaciones (por ejemplo no siempre pueden aparcar en superficie). Además, hay que tener en cuenta que se va a modificar la normativa para que sea más sencillo, y menos restrictivo, obtener esta esta categoría.
Vehículos para personas de movilidad. Los vehículos adaptados, o bien cuyo titular sea una persona con minusvalía, se incluyen entre las excepciones permanentes. Aunque hay que registrarse previamente en el sistema de gestión de accesos a ‘Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE)’ y disponer de la tarjeta de estacionamiento correspondiente.
Vehículos de emergencias. Tampoco los vehículos y camiones de bomberos y de extición de incendio y de emergencias, así como los de las Fuerzas Armadas tendrán nunca veto.
Hacia el fin total de los coches sin etiqueta en Madrid
Está planificado que, a partir del 1 de enero de 2025, ningún coche sin etiqueta circule por la ciudad esté o no empadronado en la capital. Es decir a dos años vista, lo que se antoja quizá demasiado pronto.
Y es que por ejemplo en España, según los datos de la DGT, un total de 6,16 millones de coches no disponen de distintivo, siendo casi un 25 % del total (24,7 millones de automóviles).
Sea como fuere, el calendario previsto para Madrid es el siguiente para los dos próximos años:
- Desde el 1 de enero de 2024, prohibido el acceso y circulación por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid capital.
- Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición de 2024 se extiende también para todos los vehículos y coches sin etiqueta domiciliados en Madrid (los que figuran en el padrón del IVTM del Ayuntamiento de la ciudad). A partir de entonces también afectará a motos e industriales.
Fuente: https://www.motorpasion.com/
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