Enorme preocupación y desesperación está causando a las empresas transportistas, taxistas y particulares titulares de vehículos propulsados por gas natural la brutal subida que está experimentado el precio del gas vehicular en las estaciones de servicio en lo que va de año, situándose en precios récord nunca hasta ahora vistos.
- El precio del gas para moverse coches y camiones se ha disparado un 300% en lo que va de año.
- Las empresas de transporte con camiones propulsados con gas natural están encontrando muchas dificultades para repercutir dichas subidas a sus clientes “porque el Gobierno no ha publicado un índice de referencia”, lamentan desde Fenadismer.
A principios de año el precio del gas natural se situaba a poco más de 1 euro/kg y desde entonces su coste no ha dejado de incrementarse. Ahora tras el cierre del gasoducto ruso se ha provocado “un brutal encarecimiento del gas natural en surtidor para coches, camiones y autobuses hasta los 3 euros/kg, estando previsto además que continúe incrementándose en las próximas semanas”, denuncian desde Fenadismer.
Esta situación afecta a los más de 32.000 vehículos existentes en toda España propulsados por gas natural, de los que más de 10.000 son vehículos de transporte pesado, representando en la actualidad un porcentaje superior al 4% de la flota española de camiones de más de 16 toneladas. “Sin embargo, las empresas transportistas titulares de dichos vehículos se ven en la actualidad imposibilitadas de repercutir dichas subidas a sus clientes por la falta de cumplimiento por parte del Gobierno de la publicación de un índice de referencia para este tipo de combustible que permita calcular la variación automática a aplicar en las tarifas de transporte, pese a que se comprometió a ello hace 6 meses”, recuerdan desde la Federación.
Por ello, FENADISMER va a exigir que con carácter urgente el Ministerio de Transportes desarrolle la previsión legal prevista en la Disposición Transitoria Primera del Decreto-Ley 3/2022 de medidas para la sostenibilidad del transporte por carretera, que fue aprobado el pasado mes de Marzo, y que señala que la revisión legal obligatoria de los precios del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible en los contratos de transporte continuado, “en el caso de contratos de transporte que utilicen vehículos propulsados por combustibles distintos del gasóleo, se llevará a cabo desde el momento en el que entren en vigor para estos supuestos los criterios o fórmulas de la Administración aplicables para su cálculo”.
Fuente: https://www.transporte3.com/
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