El Ejecutivo español ha decidido aprobar una normativa nacional para introducir restricciones a la actividad de varias empresas, y que dará cobertura a las legislaciones vigentes en varias comunidades autónomas con relación a las autorizaciones de alquiler de vehículos con conductor (VCT).
La postura del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha sido la de dejar que legislen las comunidades autónomas, transfiriéndoles las competencias en esta materia. Algunas de ellas, entre las que se encuentran Cataluña, Comunidad Valenciana, Aragón o País Vasco) han aprobado normativas que favorecen la entrada en el mercado de empresas que hacen la competencia al sector del taxi (y ahora, también, a las empresas de paquetería).
Sin embargo, se están produciendo cambios en el ministerio en este sentido, por lo hay planes de introducir cambios para restringir la actividad de las empresas con autorizaciones VTC que sancione la actividad irregular que practican algunos operadores, como Cabify. La idea es aplicar una normativa de mínimos sobre las comunidades autónomas para poder introducir restricciones más duras.
De esta manera, los grupos parlamentarios socialista y de Unidas Podemos han introducido una enmienda en un proyecto de Ley que, en principio, no tiene que ver con el asunto de las VTC pero que dará amparo a las regulaciones de las diferentes comunidades autónomas sobre temas como el tiempo mínimo de precontratación, limitaciones a la circulación, salidas desde garaje antes de cada viaje, obligación de llevar un registro y una hoja de ruta de cada trayecto, etc.
La enmienda, aprobada en el Congreso, se ha incorporado al proyecto de Ley por el que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) en materia de infracciones para luchar contra la morosidad en el transporte de mercancías por carretera, que se va a tramitar en el Senado, y que está previsto que entre en vigor en el mes de octubre.
La nueva regulación se aplicaría en todo el país, por lo que se obligaría a cada una de las comunidades autónomas a aplicarla, aunque el detalle de cada limitación se deja a lo que decida cada gobierno autonómico, permitiendo que las más activas contra estas plataformas de movilidad mantengan sus restricciones habituales, obligando al resto a ajustarse a la normativa actual.
Infracciones para las plataformas VTC
La enmienda socialista añade un apartado al artículo 140 de la LOTT por considerar infracción muy grave a una serie de prácticas de las plataformas VTC, como es “el inicio de un servicio en un ámbito territorial distinto de aquel en el que resulte obligatorio hacerlo o el incumplimiento de las limitaciones que definen la prestación habitual del servicio en el territorio en el que se encuentre domiciliada la autorización en que se ampara”.
También será sancionable el inicio de un servicio y la recogida de clientes por parte del titular de la autorización sin que los clientes hayan hecho la precontratación del servicio, aunque no se precisa ese tiempo mínimo. Cataluña y la Comunidad Valenciana regularon el tema aplicar un tiempo mínimo entre que se solicita el servicio y se hace uso de él, el primero de 15 minutos, y el segundo, de una hora.
Por último, se sancionará el incumplimiento de las condiciones legales o reglamentarias establecidas con relación al itinerario del servicio, los horarios y calendarios de prestación del servicio y las características técnicas o la adecuada señalización del vehículo, o que éste no lleve a bordo la documentación exigible y la hoja de ruta del servicio.
Sin embargo, no se dice nada del uso extra que están haciendo algunos operadores (como es el caso de Cabify) para transportar paquetes, cuando en la LOTT está regulado que el servicio de estas plataformas es única y exclusivamente el transporte de pasajeros, permitiendo sólo que lleven como mercancía el equipaje del cliente.
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