El nuevo Paquete de Movilidad, aprobado por la Unión Europea el pasado mes de julio incluía, entre otras medidas legislativas, la modificación parcial del Reglamento europeo sobre regulación de los tiempos de conducción y descanso y de utilización del tacógrafo, introduciendo regulaciones más flexibles en determinados aspectos tanto en la conducción diaria como semanal, dado que la regulación existente hasta la fecha resultaba demasiado rígida y no permitía adecuarse a las diferentes situaciones a las que se enfrentan los conductores profesionales en su actividad diaria.
De hecho, según los Planes de Inspección de Transportes llevados a cabo tanto por parte de la Administración del Estado como por las comunidades autónomas, se constata que más de la mitad de los expedientes sancionadores incoados en materia de transporte por carretera son debidos a incumplimientos de la regulación sobre tiempos de conducción y descanso y de utilización del tacógrafo.
Con relación a lo anterior, el Paquete de Movilidad aprobado por la Unión Europea posibilita que los Estados miembros puedan ampliar el catálogo de especialidades del transporte que pudieran quedar exentas de la utilización del aparato tacógrafo. Hay que tener en cuenta que la regulación sobre tiempos de conducción y descanso está más enfocada a las actividades de transporte de larga distancia por lo que, en algunos subsectores más vinculados a transportes de corta distancia, suele tener más difícil encaje la regulación establecida.
Más exenciones a la obligación de llevar tacógrafo
De este modo, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha iniciado el trámite de un nuevo proyecto de Decreto por el que pretende ampliar las actuales 16 exenciones previstas en la normativa nacional incorporando como novedad determinadas especialidades en el sector de la construcción, en concreto, el transporte preamasado de hormigón en vehículos especializados, de los que en España hay en la actualidad en torno a 10.000 camiones matriculados, así como el transporte privado de maquinaria de construcción en recorridos no superiores a 100 kilómetros.
Asimismo, para fomentar el uso de energías alternativas, el proyecto contempla eximir del uso del tacógrafo a los vehículos de hasta 7,5 toneladas de MMA propulsados por gas natural o electricidad, siempre que sus recorridos se realicen dentro de un radio de acción no superior a 100 kilómetros desde el centro de explotación o sede de la empresa o autónomo titular del vehículo.
Por último, se amplían las exenciones ligadas al ámbito geográfico aislado donde se presta el servicio de transportes, incluyendo por primera vez la exención de los transportes que discurran por el territorio de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
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