La reforma del Reglamento General de Conductores aprobada por el Consejo de Ministros este mismo martes establece, entre otros puntos, la reducción a 18 años de la edad mínima exigible para conducir vehículos de gran tonelaje.
Las modificaciones que forman parte del Real Decreto aprobado por el Gobierno, introducen cambios relacionados con la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera. Esta revisión del Reglamento de Conductores se produce dos años después de la salida a información pública del real decreto, que se produjo el 18 de noviembre de 2018.
Unos cambios que sin duda alguna serán celebrados por los más jóvenes que llevaban tiempo pidiendo un cambio en el reglamento que les permitiese acceder al mercado laboral. Además, la petición coincide con la postura mantenida por el sector de transportes por carretera debido a la escasez de conductores profesionales. Su apliación se hará efectiva en los próximos meses.
Los principales puntos de este Real Decreto son los siguientes:
- Reducción de la edad mínima exigible para conducir camiones a los 18 años habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración. Recordemos que hasta el momento, la edad establecida era de 21 años.
- Reducción de la edad mínima exigible para conducir autocares a 18 años, aunque solo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Solo será a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas cuando podrán llevar pasajeros.
- Este Real Decreto también amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba al empleo de sistemas de propulsión alternativos. Una medida que juega a favor de la electrificación del parque móvil de vehículos comerciales en España. Para poder acogerse a ella, los conductores tendrán que contar con al menos dos años de experiencia con el carnet de tipo B.
- Se introducen varios cambios relacionados con las pruebas para obtener el carnet de conducir. Por un lado, se amplía el tiempo de la prueba teórica, ya que se incluirán vídeos. El porcentaje de error permitido en las respuestas no podrá sobrepasar el 10%, es decir, un solo fallo. Además, se especifican las prendas consideradas como equipo adecuado para poder presentarse al examen de motocicletas.
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Por último, se abre la posibilidad de que, tras una valoración médica y mecánica personalizada, se pueda autorizar el acceso a los permisos de conducción de camiones y autobuses de personas que lleven una prótesis. Esta decisión viene respaldada por la inclusión de nuevas tecnologías y asistencias de conducción en los vehículos modernos.
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Fuente: https://www.hibridosyelectricos.com