Nuevos decretos aprobados por el Gobierno francés en materia de transporte. Esta información parte de la asociación internacional IRU. Se trata de una norma que establece sanciones a los conductores de vehículos de menos de 3,5 toneladas de masa máxima autorizada y diversas disposiciones sobre la profesión de transportista por carretera.
Las nuevas normas que afectan al transporte de mercancías por carretera en Francia son las siguientes:
Decreto Nº 2020-1104: sanción por saltarse lo indicado en el artículo L. 33313-4 del código de transporte
La ley de orientación a la movilidad del 24 de diciembre de 2019 introdujo un nuevo artículo en el código de transporte para reforzar la protección social de los conductores de vehículos que no superen un peso máximo autorizado de 3,5 toneladas. En virtud de este artículo, los empleadores deben proporcionar a los conductores un alojamiento decente para que no tengan que dormir en sus vehículos. En la práctica, cuando un conductor realiza una operación de transporte por carretera a una distancia suficiente de la sede operativa de la empresa que le impide regresar al final de la jornada laboral, el empleador debe proporcionarle un alojamiento decente fuera del vehículo.
El empleador también debe permitir que el conductor demuestre por cualquier medio que los períodos de descanso diarios o semanales se han tomado en esas condiciones. Desde el 3 de septiembre de 2020, se imponen multas de hasta 3.000 euros por no respetar estas normas.
Decreto Nº 2020-1088: disposiciones relativas a la profesión de transportista por carretera
Un decreto del 24 de agosto de 2020 establece dos nuevas infracciones relacionadas con el período de descanso semanal aplicable al transporte de mercancías por carretera. Si se excede en menos de 12 horas la obligación de tomar un descanso semanal después de seis períodos consecutivos de 24 horas del anterior período de descanso semanal, se procede al castigo con una multa de 450 euros. Además, el artículo R 3315-11 establece una multa de 1.500 euros por exceder en 12 horas o más la obligación de tomar un descanso semanal después de seis períodos consecutivos de 24 horas desde el anterior período de descanso semanal.
Ambas disposiciones son aplicables desde el 27 de agosto de 2020
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Fuente: https://www.transporteprofesional.es
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