La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha dictado una Instrucción por la que clarifica el carácter esencial de todo el transporte de mercancías y la eliminación de restricción alguna para el desarrollo de su actividad en las 37 áreas sanitarias de Madrid ciudad y 7 ciudades limítrofes confinadas de este lunes.
Fenadismer ha venido reclamando en las últimas semanas que se establezca la exención total del transporte y distribución de mercancías en caso de confinamiento sanitario de cualquier área geográfica.
La Orden de la Consejería de Sanidad aprobada el pasado viernes por la que se establecen medidas de confinamiento contempla la restricción todos los desplazamientos de entrada y salida a dichas zonas, estableciendo una serie de excepciones, entre las que no se incluia expresamente al transporte y distribución de mercancías, limitando a exceptuar exclusivamente el transporte en tránsito por dichas áreas afectadas.
Ahora la Consejería de Sanidad ha dictado una Instrucción por la que se clarifica la regulación al transporte de mercancías en dichas áreas sanitarias: “queda excluida de dicha restricción general, y por lo tanto puede desarrollarse con entera normalidad”.
En consecuencia, los agentes de policía tanto locales como nacionales encargados del control de los accesos a las áreas afectadas deberán permitir el acceso ilimitado y sin restricción alguna de toda clase de vehículos de transporte, sea cual sea la clase de mercancía transportada.
Fuente: https://www.transporte3.com
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