La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comunicado que tiene previsto modificar el Reglamento General de Conductores que implica la transposición de la Directiva 2006/16 de la Unión Europea, en lo referido a las edades mínimas de obtención de los permisos de conducción, equiparándolas a las establecidas en toda la Unión Europea.
Esta adaptación da respuesta a una de las demandas históricas de la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), que ha reclamado a la DGT la rebaja de la edad mínima legal para obtener los permisos de conducir de las clases C, C+E, D y D+E a los 18 años, desde que en 2009, por una transposición errónea de la Directiva Europea de Permisos de Conducción, España elevara esta edades mínimas a los 21 para los permisos de clase C y a los 24 para los de clase D.
Durante años, la asociación de transporte ha solicitado este cambio para beneficiar a aquellos jóvenes que se han visto atraídos por la profesión de transportista, pero para los que la espera hasta los 21 años para poder obtener el permiso ha supuesto un impedimento, obligándoles a optar por otros caminos profesionales.
Esta reforma contribuirá a acercar a los jóvenes a la profesión de conductores y a que la formación CAP exigida, pueda adquirirse también a través de la Formación Profesional del sistema educativo, además de por las vías por las que en la actualidad ya puede obtenerse.
La novedad es que aquellos jóvenes que hayan cumplido 18 años, y siempre que sean titulares del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) adquirido mediante la modalidad ordinaria (280 horas), podrán obtener el permiso de clase C que habilita para conducir camiones. Si bien, en el caso de las categorías D y D+E podrán conducir estos vehículos a los 21 años, pero dentro del territorio nacional hasta que hayan cumplido los 24. Y en el caso de los permisos D1 y D1+E, a los 18 años con la misma restricción de solo poder conducirlos dentro del territorio nacional hasta que hayan cumplido los 21 años.
Qué dice el Reglamento General de Conductores
Por otra parte, el Reglamento de Conductores autorizará a conducir con el permiso B vehículos de hasta 4.250 kilos si se trata de vehículos de mercancías y el incremento del peso se debe a la conversión de este a energías alternativas por el tamaño que suponen las baterías.
En la CETM confiamos en que este cambio se produzca a la mayor brevedad posible y sirva para atraer a una nueva generación de jóvenes que, sin duda, ayudarán a las empresas del transporte de mercancías por carretera a modernizar el sector y garantizar un mejor funcionamiento de la cadena de suministro.
En este sentido, cabe destacar que la crisis sanitaria del Covid-19 ha puesto de manifiesto que el transporte de mercancías por carretera es irremplazable y, además, las empresas de transporte son primordiales para dar a la economía el impulso que necesita. De igual modo, la pandemia también ha acelerado el auge del e-commerce y es probable que está tendencia se acreciente debido a los cambios que la población ha experimentado en sus hábitos.
Por tanto, el cambio que la DGT prevé hacer, reduciendo la edad mínima legal para poder conducir vehículos pesados, favorecerá al transporte de mercancías por carretera y sus empresas, que precisan todas las medidas posibles para garantizar su resistencia ante la crisis.
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Fuente: https://www.transporteprofesional.es
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