Una de las principales asociaciones de empresas cargadoras en nuestro país se opone a la prohibición de que el conductor realice las labores de carga y descarga porque les supondría ‘un sobrecoste de 2.000 millones’.
¿Dónde están los 2.000 millones que se ahorran los cargadores a costa de los transportistas?, se pregunta FENADISMER.
En plena negociación entre los transportistas y el Ministerio en torno a las reivindicaciones planteadas por el sector para hacer frente a la actual crisis económica y mejorar el desarrollo de la actividad, el director general de una de las principales asociaciones nacionales que agrupa a las empresas cargadoras ha expresado su absoluto rechazo a la prohibición de que los conductores realicen las labores de carga y descarga de mercancías, ya que supondría un sobrecoste para sus empresas de 2.000 millones de euros.
Precisamente esta es una de las medidas que encabeza la lista de reivindicaciones de los transportistas, por lo que las declaraciones del representante de los cargadores han generado gran molestia en el sector.
Un tema de ahorro económico
Es el caso de la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, FENADISMER, quien ha emitido un comunicado en el que “agradece que por fin los cargadores se quiten la careta y manifiesten a las claras que su único motivo de rechazo a que se establezca tal prohibición es por un simple tema de ahorro económico, sin que les importen para nada los posibles riesgos laborales o de salud que tal actividad conlleva, agravados con la crisis sanitaria”.
Para el colectivo, lo que resulta “particularmente ofensivo” es el reconocimiento de que la imposición de las labores de carga y descarga a los conductores profesionales les permite obtener “un ahorro económico a su costa de nada menos que 2.000 millones de euros, de los que por supuesto los transportistas no obtienen beneficio económico alguno”.
Asimismo, FENADISMER considera que esta afirmación viene a confirmar “la absoluta falsedad del compromiso de las asociaciones de cargadores manifestado al Gobierno al principio de la pandemia”, cuando se recomendó a sus empresas asociadas que limitaran la participación de los conductores profesionales en dichas tareas para reducir los contagios, conforme a las directrices marcadas por la Unión Europea.
Prohibición por ley
Además, desde la federación han querido recordar a las empresas cargadoras que la actual legislación en materia de contrato de transporte ya establece que las labores de carga y descarga corresponden al cargador y destinatario respectivamente. Es decir, que las afirmaciones del representante de la asociación de cargadores “suponen de facto reconocer abiertamente que dicha obligación se incumple como regla general”.
Por lo mismo, las asociaciones de transportistas demandan al Gobierno que se establezca su prohibición por ley, sancionándolo en caso de incumplimiento, recordando que “dicha prohibición y su correspondiente régimen sancionador ya estuvieron incluidos en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres durante 10 años, por lo que bastaría con restablecer una ley que desafortunadamente fue derogada en 2013”.
Reivindicación irrenunciable
Para finalizar, FENADISMER remarca que la mencionada prohibición es “una reivindicación irrenunciable”, que se plantea como “línea roja de cara a la convocatoria del Paro Nacional de Transporte promovida por unanimidad de las asociaciones nacionales de transportistas para los días 27 y 28 de julio”.
Fuente: https://www.transporte3.com
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