El Plan Moves II aprobado por el Gobierno incluye dentro de la Actuación 2 las subvenciones a la instalación de infraestructura de recarga, tanto privada como pública, con una cuantía máxima del 30 o el 40 por ciento del coste.
El Plan Moves 2020 (Programa MOVES II) aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 16 de junio incluye, además de las ayudas a la compra de vehículos eléctricos, incentivos para la instalación de la infraestructura de recarga. En este caso las ayudas alcanzan entre el 30 y el 40 por ciento del coste subvencionable, hasta un límite de 100.000 euros. Abarca desde la recarga privada en casa a baja potencia (menos de 7 kW) hasta la recarga ultrarrápida pública en carretera (con especial interés en las gasolineras) a más de 100 kW de potencia, pasando por todos las tipologías de recarga intermedias.
Además de las ayudas económicas directas a la compra de vehículos eléctricos, el mayor incentivo que se puede dar a los compradores para que decidan dar el paso a esta tecnología es el desarrollo de la red de recarga pública y privada. Esta acción debe convertirse en un proceso natural, que no complique su día a día. La red se estructura en varios niveles. El Real Decreto establece una clasificación de los sistemas de recarga en función de su potencia (en caso de existir distintas potencias en un mismo sistema de recarga, este se clasificaría atendiendo a la potencia máxima de los puntos de recarga de la instalación):
- Sistema de recarga vinculado: Potencia inferior a 7 kW.
- Sistema de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.
- Sistema de carga semirrápida: potencia igual o superior a 15 kW e inferior a 40 kW.
- Sistema de carga rápida: potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.
- Sistema de carga ultra rápida: potencia igual o superior a 100 kW.
El Plan Moves II está dotado este año con 100.000 millones de euros en total, que pueden ser ampliados vía Presupuestos Generales del Estado o traspasados de otros programas, siempre y cuando los fondos se transfieran o sea gestionados directamente por el IDAE, encargado de la coordinación del plan. Tres son las actuaciones que incluye las mencionadas ayudas a la adquisición de vehículos, la implantación de infraestructura de recarga, el apoyo a sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y la implantación de medidas de movilidad sostenible.
Plan de ayuda a la infraestructura de recarga
En el caso de la Actuación 2, dedicada a la infraestructura de recarga, las ayudas van dirigidas a la adquisición de puntos de recarga privados, residenciales y viviendas unifamiliares, y en estacionamientos de empresas, para dar servicio a su propia flota. También se incluyen los puntos de recarga públicos situados en aparcamientos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos y empresas públicas. En el caso de los ejes viarios urbanos e interurbanos y la red de carreteras el Real Decreto hace mención especial al interés por la infraestructura de recarga en estaciones de servicio y gasolineras y la recarga de oportunidad de autobuses mediante pantógrafo.
La cuantía de las ayudas será de un 30 % o un 40% del coste subvencionable, dependiendo del tipo de beneficiario (personas físicas, autónomos, comunidades de propietarios, personas jurídicas constituidas en España, entidades locales y sector público institucional), estableciéndose un límite de 100.000 euros. Las ayudas se concederán de forma directa.
Los costes subvencionables serán el proyecto, la obra civil, los costes de ingeniería y dirección de obra del cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de recarga, que también es subvencionable. En el caso de disponer de un sistema de pago integrado este también entra en la subvención, al igual que el sistema de gestión, control y seguridad y la señalización. En el caso de aparcamientos colectivos o comunidades de propietarios también es subvencionable la preinstalación eléctrica.
El plan Moves II que coordina el IDAE es gestionado en último término por las Comunidades y Ciudades Autónomas que deberán realizar convocatorias en sus respectivos territorios. Los plazos de solicitud serán diferentes en cada territorio y dependen de la premura de cada una de ellas en materializar estas convocatorias.
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Fuente: https://www.hibridosyelectricos.com
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