6 obligaciones de las aseguradoras ante un accidente de tráfico que posiblemente desconocías
Según datos publicados recientemente por el Ministerio del Interior, sólo en 2.018 se produjeron 1.180 fallecimientos en España por accidente de tráfico en las carreteras. Aunque el número de víctimas mortales se hay reducido en 18 con respecto al año anterior las cifran continúan siendo escalofriantes.
Entre vías urbanas e interurbanas, en España, se contabilizan cada año más de 100.000 accidentes de menor gravedad que no suponen bajas humanas o lesiones importantes. Concienciar a la población y reducir la siniestrabilidad vial es uno de los principales objetivos de las autoridades, que cada año lanzan campañas de sensibilización para evitar el alcohol al volante, el exceso de velocidad o la necesidad de realizar paradas e hidratarse en viajes largos.
Con independencia del grado del accidente, todas las aseguradoras vinculadas a vehículos deben cumplir con una serie de obligaciones en caso de que se produzca un incidente en carretera. En este sentido, reclamador.es, compañía online de servicios legales, ha elaborado una guía en la que reúne las principales responsabilidades de las pólizas frente a un accidente de tráfico.
1. Obligación de indemnizar por los daños causados en el accidente
Ante un siniestro, ya sea en vía urbana o interurbana, el conductor considerado culpable del accidente y la entidad aseguradora de ese vehículo, tienen la obligación de indemnizar a todos los perjudicados por los daños sufridos. Esos daños pueden ser tanto personales como materiales.
Para calcular la cuantía de la indemnización por las lesiones sufridas se debe tener en cuenta el Baremo de Accidentes, cuya última actualización se produjo en agosto de 2018. Sin embargo, según explican en reclamador.es, la oferta de indemnización de las compañías aseguradoras suele estar por debajo de lo establecido en las tablas del Baremo. Lo que se traduce en una oferta menor para el asegurado de lo que le corresponde por ley.
2. Tres meses para enviar la oferta de indemnización
La compañía aseguradora del vehículo culpable del siniestro no solo tiene la obligación de indemnizar, sino de presentar su oferta o respuesta detallada en el plazo de tres meses desde que se presenta reclamación extrajudicial por parte de los involucrados en los accidentes.
De no presentar esta oferta motivada en el plazo de tres meses, la compañía aseguradora, explican los abogados de la compañía expertos en accidentes de tráfico, estará obligada a abonar los intereses de demora generados.
3. El seguro debe abonar la indemnización en 5 días
Una vez conseguida la indemnización pretendida por el interesado, la compañía aseguradora dispone de 5 días para satisfacer el pago o consignar la cantidad acordada. Si no se abona en ese plazo la indemnización una vez aceptada la oferta, la compañía también estará obligada a abonar los intereses de demora.
4. La oferta motivada debe incluir el informe médico pericial
No sirve con la simple transcripción de los principales puntos del informe pericial elaborado por el médico que ha atendido a los lesionados en el accidente, explican en la compañía online de servicios legales. La oferta que presente el seguro del vehículo responsable del accidente debe incluir el propio informe donde se desglosan las lesiones y se motiva la cuantía asignada.
5. La indemnización ofrecida a los perjudicados no puede estar condicionada a no realizar acciones legales posteriores
En no pocas ocasiones, la oferta de la aseguradora aumenta respecto a la propuesta inicial con la condición, obligada a firmar al perjudicado, de rechazar acciones legales posteriores para recuperar la indemnización máxima fijada por ley. Para que la oferta motivada sea válida, esta no puede incluir dicha cláusula.
6. Las aseguradoras tienen obligación de dejar elegir libremente el abogado a los perjudicados que debe indemnizar
reclamador.es aconseja ponerse siempre en manos de abogados expertos en caso de sufrir un accidente de tráfico con lesiones, para obtener la indemnización que en realidad corresponde. Y no la que ofrece la aseguradora.
Una gran parte de los asegurados desconoce que las pólizas suelen incluir una cobertura de defensa jurídica. Permite cubrir los gastos de abogados, procuradores, etcétera, necesarios para reclamar la indemnización correspondiente. Esta defensa jurídica puede ser ejercida por el equipo legal propuesto por la compañía de seguros o bien por un abogado externo. Los expertos de la compañía online de servicios legales aconsejan siempre la segunda opción -abogado externo- pues esto no supondrá un gasto extra para el asegurado, ya que los honorarios de los abogados serán abonados igualmente por el seguro.
Fuente: https://diariodetransporte.com
José Miguel Fernández Gómez, es experto en gestión de flotas de vehículos, y el director de Advanced Fleet Management Consulting que suministra servicios de consultoría en gestión de flotas de vehículos
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