Entra en vigor la modificación del ROTT
El BOE del miércoles 20 de febrero de 2019 incluye el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera.
Con un buen retraso acumulado, ya que tendría que haberse aprobado durante 2014, finalmente mañana entra en vigor la modificación del Reglamento que regula el transporte por carretera. Un texto legal que introduce importantes y numerosos cambios en el sector. Uno de ellos es la posibilidad de obtener una autorización de transporte de mercancías de servicio público con un único vehículo de más de 3,5 toneladas de MMA con menos de cinco meses de antigüedad.
Además, las actuales autorizaciones de servicio público que amparan vehículos de transporte de mercancías que tengan una MMA autorizada superior a 3,5 toneladas, pero con su capacidad de carga limitada a 3.500 kilos, se convierten automáticamente en autorizaciones de pesado.
También cambia la tarjeta de transporte, que pasa a ser una autorización digital, y la administración de transportes realizará el visado de forma electrónica, de oficio, sin que haya que presentar documentación.
Pérdida de honorabilidad
Muy relevante va a ser la aplicación de la pérdida de la honorabilidad como sanción, y la consecuente suspensión de la autorización de transporte durante un año. Se perderá directamente por la comisión de determinadas infracciones muy graves o, indirectamente, por la acumulación de infracciones de otras infracciones muy graves y graves, que se van a registrar en el nuevo Índice de reiteración infractora (IRI).
Este no es el único cambio en el baremo sancionador: se sanciona la realización del descanso semanal normal utilizando la cabina del vehículo, como consecuencia de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE, y se endurecen las multas por exceso de peso.
Por otra parte, se desarrolla la figura del gestor de transporte, el actual capacitado, que debe tener una vinculación real y efectiva con la empresa, y se definen sus responsabilidades. Y quien quiera ser gestor de transporte tiene que superar un nuevo examen de capacitación a partir del 1 de julio de 2020; hasta esa fecha se mantiene el formato actual de examen, pero sí que va a empezar a aplicarse ya un nuevo requisito de estudios mínimos para poder optar a hacer el examen: los aspirantes deben tener el bachillerato o FP equivalente.
El Comité Nacional del Transporte, que ve reducido su número de secciones, tampoco se libra de este maremoto normativo. Cambia también el contenido obligatorio del Documento de control. Y en relación con el CAP, a partir de ahora se podrá hacer el curso doce meses antes de la caducidad de la tarjeta sin perder “antigüedad”.
Fuente: https://www.camionactualidad.es/
José Miguel Fernández Gómez, es experto en gestión de flotas de vehículos, y el director de Advanced Fleet Management Consulting que suministra servicios de consultoría en gestión de flotas de vehículos
]]>