El renting de automóviles para particulares
Quizás la tranquilidad del mes de agosto es un buen momento para entretenerse en leer con un poco de detalle un tema que durante mucho tiempo se ha pensado que era exclusivo para empresas o autónomos y que no afectaba a los particulares que quieren adquirir un coche: es el renting de automóviles.
Para ello, nos hemos basado en la completa información firmada por Salva Hernández y publicada en la revista Autofácil del Grupo Luike, que además es Protector de ASEPA y que nos facilitará saber todo acerca del renting y nos aclarará nuestras dudas sobre este tema, como por ejemplo: ¿Por qué cada vez se opta más por el renting? ¿Merece la pena como forma de obtener un coche nuevo si eres un particular? Explicaremos qué es el renting, si compensa y cuáles son sus ventajas.
¿Qué es el renting?
El renting es una forma de acceso al uso de un vehículo -tanto comercial como turismo-, para la que es necesario firmar un contrato de cesión a largo plazo. De esta forma, un usuario o una empresa ‘alquila’, durante un periodo determinado de tiempo -lo más normal es durante cuatro años-, a cambio de una
cuota mensual fija que se marca en el momento de la firma del contrato. Su importe se calcula en función de distintos factores, entre los que se encuentran el coche elegido, el número de kilómetros que se tenga previsto circular, o los servicios asociados que se desee contratar en ese momento.
Se trata de una fórmula que, a lo largo de los últimos años, ha experimentado un gran crecimiento en España, hasta el 23% respecto al año 2016 (enero/julio), según los datos publicados por la AER (Asociación Española del Renting). ¿El motivo? El crecimiento económico español, que hace que multitud de empresas -que
son el principal cliente del renting– puedan llevar a cabo una operación que transforma en un gasto fijo la que sería una inversión en un automóvil. ¿Qué significa esto? Que más del 17% de todos los coches y vehículos comerciales que circulan por calles y carreteras españolas pertenecen ya a flotas de renting.
¿Para quién es ideal el renting?
Durante muchos años, el renting parecía reservado en exclusiva a empresas y autónomos. Esto llevaba a que, por ejemplo, las grandes empresas en España contasen con un 80% de sus vehículos en este régimen. Pero la tendencia ya está cambiando, y cada vez son más los particulares que se acercan a esta fórmula para poder estrenar un coche nuevo y no tener que preocuparse de pagar sus impuestos, negociar pólizas de seguros o de hacerse cargo del importe de las revisiones mecánicas.
El primer paso llegó mediante el renting flexible, que permitía contratos con duración más corta o sólo en periodos en los que el usuario necesita realmente el coche, pero cada vez son más las compañías, e incluso fabricantes de automóviles, que ofrecen renting para particulares entre sus servicios.
Así es el usuario actual de un coche de renting
- Recorre, de media, cerca de 20.000 km anuales.
- Vive, mayoritariamente, en la Comunidad de Madrid (37 %) o en Cataluña (27%).
- Trabaja frecuentemente en la industria química o farmacéutica, o en el comercio al por mayor.
- Suele trabajar en empresas de más de 100 empleados.
- Utiliza el coche de forma mayoritaria para labores profesionales (un 74% de los casos en empresas de menos de 100 empleados y un 56% en empresas de más de 100 empleados).
- Cambia de vehículo cada cuatro años.
- Prefiere los talleres oficiales (54%) frente a los independientes (29%).
- En sus visitas al taller, prefiere pasar una revisión completa (53%) frente a los cambios únicamente de aceite y filtros (21%).
Así es el coche de renting
- Habitualmente se trata de un vehículo compacto de gama media.
- Las marcas preferidas son Renault, Volkswagen, Peugeot y Ford, en este orden (datos de agosto de 2016, según AER).
- Los modelos que se eligen con más frecuencia son el Seat León, el Renault Kangoo y el Nissan
Qashqai, por este orden (datos de agosto de 2016, según AER).
- Es un coche de menos de cuatro años.
- Acude, al menos, una vez al año al taller si tiene menos de dos años, y 1,5 veces de media en el caso de los coches de hasta tres años.
- El motivo principal por el que se toma una decisión de renting es por su precio y por el importe total de la operación, por delante de la marca del coche o de sus consumos y emisiones.
- Suele contar con póliza de seguro a todo riesgo sin franquicia (49%), o seguro a todo riesgo con franquicia (27%).
- El automóvil cuenta con un alto equipamiento tecnológico. Un 66% incorpora manos libres Bluetooth, un 37% control de velocidad y un 25% un sistema de frenado asistido.
- La mitad de los coches incluyen sistema de navegación GPS, bien integrado (20%) o portátil (27%).
- Es un coche con cambio manual (93%).
- Habitualmente no cuentan con pintura metalizada (35%).
¿Coche de renting o comprado?
¿Qué resulta más rentable: un coche de renting o comprar directamente el vehículo a un concesionario? En un ejemplo, hemos calculado cuánto deberías pagarle a ALD Automotive por un Ford Focus 1.5 TDCi
E6 120CV con acabado Trend, y lo comparamos con el importe del mismo vehículo en compra directa.
Los resultados podemos verlos en el cuadro.
¿En qué se diferencia el renting del leasing?
Desde luego no es lo mismo un leasing que un renting. Vemos las diferencias en tres partes:
– En la propiedad del vehículo: en el caso del leasing, el cliente pasa a ser el dueño en el momento en el que abona la última cuota. En el renting, el coche siempre pertenece a la empresa que arriende el vehículo.
– En la duración del contrato: en el leasing, el coche se alquila al cliente a cambio de unas cuotas mensuales durante su vida útil. En el caso del renting, el periodo de concesión depende del acuerdo entre cliente y empresa. Una vez que transcurre ese periodo, el contrato finaliza, y el usuario puede optar por renovarlo, comprar el vehículo o firmar un nuevo contrato para obtener un vehículo nuevo.
– En los servicios que se ofrecen: los usuarios de leasing deben hacer frente a todos los gastos asociados al uso del vehículo: seguros, impuestos municipales, revisiones mecánicas, reparación de averías… mientras que en el renting, la cuota que se abona incluye todos los gastos del coche a excepción del combustible.
¿Qué conlleva contratar un coche de renting?
En el momento de firmar un contrato de renting te comprometes a pagar, mensualmente, una cuota por la utilización del vehículo y por el uso de los servicios a los que tienes acceso.
Estás obligado a pagar una penalización económica si cancelas, antes de tiempo, el contrato. ¿Cuánto? Depende del tiempo que te quede por cumplir.
Tienes que pedir autorización a la empresa de renting para llevar a cabo cualquier modificación del coche. Por ejemplo, si quieres cambiar el equipo de audio, las llantas, o tintar las lunas. En todo caso, estás obligado a hacerlo exclusivamente cómo y dónde te indiquen.
Si, una vez que finalizado el contrato, se han recorrido más kilómetros de los previstos en el contrato de renting, te aplicarán la penalización indicada en el mismo.
Te comprometes a llevar el coche al taller que te indique la compañía con la que tienes contratado el renting. Tanto si necesitas pasar la revisión del coche o llevar a cabo cualquier reparación, deberás comunicarlo a la empresa, que gestionará una cita en el taller que desee y, en algunos casos -dependiendo de los servicios que contrates-, te recogerán el coche y lo devolverán a la dirección que indiques, por ejemplo, tu casa o tu oficina.
Estás obligado a cumplir todas las cláusulas y condiciones que se establezcan en tu contrato. Si no lo haces -por ejemplo, si no pagas alguna de las cuotas-, la empresa puede tomar acciones legales en tu contra, solicitarte alguna penalización, o incluso obligarte a devolver el coche del que disfrutas.
¿Compensa el renting flexible? ¿Para quién?
Durante el pasado año, sólo el 13% de los autónomos y de las pymes españolas contaron con, al menos, un vehículo contratado en modalidad de renting. El hecho de tener que firmar un contrato de larga
duración, no poder cancelar de forma anticipada el compromiso suscrito, y la práctica imposibilidad de contar de forma inmediata con el coche elegido -si no está en stock, la empresa debe encargarlo al fabricante, lo que habitualmente lleva entre uno y tres meses-, han sido obstáculos para atraer al renting a estos segmentos empresariales. Para satisfacer sus demandas, muchas empresas han comenzado a ofrecer modalidades de renting flexible. ¿En qué se diferencian del tradicional?
No incluye obligaciones a largo plazo para quien lo contrata. Es posible, así, disponer de un coche durante sólo unos
meses, en función de la necesidad que se tenga.
No se aplica ninguna penalización si el usuario decide dejar de utilizar el coche. Así, si no lo necesitas durante un periodo de tiempo, puedes devolverlo y cancelar el contrato.
Por regla general y salvo que necesites un vehículo muy específico o con accesorios concretos para la práctica de tu profesión, puedes disponer del vehículo de forma prácticamente inmediata, habitualmente, 48 horas, desde que comunicas que lo necesitas hasta el momento en el que dispones de él. Sólo pagas por el tiempo que tienes el coche y por los kilómetros que haces con él.
¿Y las ventajas del renting para particulares?
Cada vez son más las empresas de renting que ofrecen, entre sus servicios, modalidades de acceso dirigidas exclusivamente para particulares, como forma de aumentar su cartera de negocio y facilitar el acceso al renting a un segmento que, hasta el momento, era minoritario en España.
Al igual que en las versiones profesionales, las ofertas de renting para particulares incluyen todos los servicios: póliza de seguro a todo riesgo sin franquicia, cambio de neumáticos, mantenimiento integral del vehículo, reparaciones o los impuestos y trámites necesarios para la matriculación del coche. ¿En qué se diferencia, entonces? Básicamente, en las ofertas. Como el objetivo es facilitar el acceso a particulares, se elimina la aportación inicial -un porcentaje del precio del vehículo a modo de entrada-, y se reduce la duración del contrato, ya que frente a los cuatro años habituales, se ofrecen periodos de hasta solo un año.
Eso sí, hay que tener en cuenta que, al ser un particular, no se dispondrá de las ventajas fiscales con las que cuentan las empresas y sociedades mercantiles -que pueden deducir el 100% del importe de las cuotas mensuales en el Impuesto de Sociedades, al considerarse un gasto de su actividad profesional-, o los profesionales y autónomos, que pueden deducir la cuota de su contrato de renting en el Régimen de Estimación Directa del IRPF, siempre que se trate de un gasto imprescindible para el desarrollo de su actividad profesional.
Desde luego, para que los particulares accedieran más masivamente al renting habría que pedir al Gobierno que pudiera haber alguna desgravación, bien sobre el IRPF o bien sobre los intereses que se pagan.
¿Por qué el Gobierno debería hacer esto? Pues porque el renting añade una seguridad añadida, ya que son siempre coches que, como máximo, tienen cuatro años y, por tanto, mayores elementos de seguridad según van apareciendo y muchísima menos contaminación, ya que cada año los nuevos vehículos emiten menos gases contaminantes. De esta forma se reduciría la edad del parque en varios años y un parque más nuevo significa eso: mayor seguridad y menos contaminación.
Antonio Mozas Martínez
Director de ASEPA (Asociación Española de Profesionales de Automoción)
]]>