Doble revisión del CAP
El año que viene, el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) va a modificarse por partida doble. Por un lado, Fomento va a introducir cambios en el Real Decreto que regula su aplicación en España, con la adopción del control presencial biométrico como principal novedad. Por otra parte, la UE acaba de aprobar la Directiva 2018/645 que actualiza los contenidos de la formación y amplía los conductores que quedan exentos del CAP.
La primera tanda de modificaciones que recibirá el CAP tiene su origen en Fomento. Entrará en vigor en enero de 2019, con la macro-renovación de la normativa del transporte que trae el ROTT siempre y cuando no se produzcan nuevos retrasos en la publicación de este Real Decreto, como el que ha impuesto la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia que anuló el requisito de los tres vehículos.
El cambio más significativo es la introducción de un sistema de control de asistencia biométrico digital, media que tiene como objetivo incrementar a la vez que facilitar el control de asistencia a los cursos.
Por otra parte, se reduce del 10% actual a un 5% el porcentaje de horas al que puede faltar un alumno para no ser excluido del curso.
Otra novedad es la incorporación de nuevas exenciones, es decir, de conductores de vehículos que ya no van a necesitar el CAP. Entre estos se encuentran: los conductores de transportes sanitarios; los de vehículos carrozados como grupos electrógenos, grúas de elevación, equipos de sondeo y similares; los de vehículos que circulen por recintos cerrados; y los de recogida de basura de ayuntamientos. Además, se especifica que en el caso de los vehículos que se dedican exclusivamente al transporte de material o equipos que luego va a utilizar el conductor en su trabajo, el conductor estará exento de poseer el CAP solo si el vehículo está amparado por una autorización de transporte privado complementario.
Novedades para los centros
En relación con los centros que imparten los cursos, se les va a permitir modificar la lista con los alumnos que participan en cada curso hasta 24 horas antes del inicio del mismo, plazo que actualmente es de diez días. Este cambio responde a una petición de los centros de formación, que demandaban una mayor flexibilidad en este sentido, que beneficia tanto al centro como a los conductores.
Fomento ha atendido otra petición más: que se puede realizar el curso de formación continua dentro del año natural anterior a la fecha de caducidad de la tarjeta CAP sin que se pierda tiempo de validez por adelantar la realización del curso.
Lo que, en cambio, gana en rigidez es el sistema de castigo de los centros que incumplan las normas que regulan el CAP, en especial en el apartado relacionado con la falta de asistencia de los alumnos o con la no impartición de las materias tal y como están programadas.
Desde Europa
En cuanto a los cambios que introduce la Directiva 2018/645 en el CAP, estos se trasladarán al Real Decreto que regula esta formación en España a lo largo de 2019 o comienzos del año siguiente. No todas las novedades propuestas por Europa son de obligado cumplimiento, por lo que algunas, en principio no llegarán a España. Por ejemplo, aunque se permite la realización de parte del curso de CAP a distancia, en principio, Fomento ha dicho que no va a implantar está opción en España.
También abre la posibilidad de que se combine el CAP con la formación en bienestar de los animales en el transporte, sobre derechos de los pasajeros en el transporte de viajeros o para la obtención del carné de mercancías peligrosas (ADR), cuestión esta difícil de materializar en nuestro país, dado el poco entendimiento que hay entre Fomento y la DGT.
En relación con las materias impartidas, se incluyen nuevos temas relacionados con la percepción del peligro, la protección de usuarios vulnerables, la conducción eficiente en relación con el carburante y los sistemas de transporte inteligente y el desarrollo tecnológico.
También se tocan las exenciones, para armonizarlas con las contenidas sobre el control de los tiempos de conducción y descanso recogidas en el Reglamento 561/2006. Afectan principalmente a conductores ocasionales de explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales, y se da la opción a cada país para que fije distancias máximas para poder estar exento.
Además, se toman medidas para mejorar el reconocimiento mutuo de la formación CAP entre todos los países de la UE.
Obtener el C y el C+E con 18 años y 280 horas de CAP
Aunque la Directiva 2018/645 tiene como objeto principal revisar la normativa del CAP, se ha aprovechado su publicación para homogeneizar las edades mínimas de obtención de los carnés de conducir profesionales y la exigida para poder hacer la formación inicial del CAP, solución que no se había conseguido antes debido a un problema de interpretación de las directivas que regulan el carné de conducir y el CAP.
Cuando la DGT decida introducir el cambio, los titulares del CAP obtenido mediante la Cualificación Inicial Ordinaria, de 280 horas de duración, podrán obtener los carnés C y C+E con 18 años.
Por otra parte, se va a permitir conducir con el carné B vehículos impulsados con energías alternativas de 4.250 kilos de MMA.
Fuente: Transporte profesional
José Miguel Fernández Gómez, es experto en gestión de flotas de vehículos, y el director de Advanced Fleet Management Consulting que suministra servicios de consultoría en gestión de flotas de vehículos.
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