La organización ha estudiado los préstamos de los concesionarios y los ha comparado con los ofrecidos por los bancos. Te puedes ahorrar mucho dinero si escoges bien.
La financiación del coche se mantiene como la fórmula más utilizada a la hora de adquirirlo, más ahora que han subido tanto los precios. Ante esta tesitura, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) han querido analizar si es más rentable optar por este producto económico ofrecido por los concesionarios o por el que tienen disponibles las entidades bancarias.
Y la primera conclusión que han obtenido es que los tipos de interés que suelen fijarse por parte de las marcas en sus centros de ventas “suelen ser superiores a los que ofrecen los bancos en sus préstamos personales”. Otra, no menos importante, es que suelen incluir gastos añadidos como pueden ser la típica comisión de apertura o la contratación de otros productos asociados.

Diferencias entre el préstamo para un coche entre el concesionario y el banco
Para poder verlo más claro lo han querido ilustrar con un ejemplo práctico. Desde la OCU han tomado como punto de partida un coche que cuesta 30.000 euros, sobre el cual el concesionario le indica al comprador que le van a realizar un descuento de 3.000 euros si firma la financiación con ellos. Si el importe adeudado fuera de unos 20.000 euros a devolver en diez años y con un interés nominal del 8,75% (ellos lo han calificado como moderado), que no sería mucho más alto que el TAE del 7% que suelen dar muchos bancos.
La cuestión es que dentro de las condiciones del préstamo del concesionario se suele asociar una comisión de apertura en torno al 3,5% y la obligación de contratar un seguro de vida con una prima de 2.610 euros. Sumando uno y otro, al final se transforma en que el TAE crece hasta el 13,35%, casi el doble de la cifra comentada antes para las entidades bancarias.

Según los cálculos de la OCU, finalmente el concesionario con el coche de su supuesto sumará casi 15.200 euros. Aún teniendo en cuenta el descuento por la financiación con la marca, los 3.000 euros, es mucho más caro que los 7.900 euros que se pagarían de extra contratando el préstamo con el banco, sin condiciones extras. Por tanto, te estarías ahorrando 4.300 euros por el mismo modelo.
También nos han comentado desde la OCU que han encontrado en algunas financieras prácticas que bajo su opinión son “abusivas”. Una de ellas podría ser el hecho de tener que incluir un seguro de vida de prima única “cuyo importe se suma al importe de la financiación, con los mismos intereses”. Tampoco les parece demasiado bien que se sigan incorporando cláusulas de permanencia que “establecen la imposibilidad de cancelar la financiación hasta pasado un periodo mínimo, a riesgo de pagar una penalización igual al descuento aplicado”.
Los cuatro consejos que dan en la OCU
Ante esta situación, desde la OCU han querido ofrecer una serie de consejos para conseguir la mejor financiación para la compra de tu coche. La primera y más clara es siempre comparar el TAE que te dan en el concesionario con el que tienen los préstamos personales de los bancos, porque en algunas ocasiones se pueden conseguir descuentos que superan los 5.000 euros. También hay que vigilar que obliguen a vincular otra serie de productos que solo encarecen la operación, como un seguro de vida, un seguro de protección de pagos, un servicio de reclamación de multas, programas de mantenimiento o cualquier otra fórmula.

Tampoco hay que olvidar que por ley el firmante tiene hasta 14 días para desistir y devolver el dinero sin tener que justificar su decisión. Y, lo más importante, sin tener ningún tipo de penalización, pues lo único que hay que abonar son los intereses que se han podido generar hasta el día del reembolso. Y cuidado con los periodos de permanencia, pues no cumplirlos significará la perdida del descuento ofrecido inicialmente.
Y una vez se haya saldado la deuda, lo que se tiene que hacer es preguntar por la reserva de dominio sobre el coche. En muchas ocasiones, tanto las financieras como los bancos (aquí da igual) pueden inscribir el contrato en el Registro de Bienes Inmuebles para impedir su venta o cambio de titularidad hasta que no se haya saldado por completo el pago del préstamo. Por ello, también hay que pedir a la entidad la carta de pago que acredite su cancelación definitiva.
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