
Aprobada ya en el Congreso, la nueva Ley de Seguros para Automóviles introducirá desde enero novedades tan importantes como contratar ya una póliza obligatoria para circular con patinetes y bicicletas eléctricas o mejoras en las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico.
La reforma de la Ley de Seguros de Automóviles ya es realidad y entrará en vigor en principio en poco más de 4 meses, a partir del 2 de enero de 2026. La modificación legislativa fue enviada al Parlamento el pasado mes de mayo y el Congreso de los Diputados acaba de aprobarla introduciendo nuevas e importantes normas que serán de gran calado para la movilidad.
Los patinetes y bicicletas eléctricas deberán tener un seguro para circular
Y es que, como gran novedad, esta nueva Ley de Seguros contempla ya la obligación de contratar una póliza a todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), que deberán así de contar desde enero con un seguro de responsabilidad civil en caso de accidente. Esta reforma supone así en la práctica que todos los usuarios de patinetes y bicicletas eléctricas deban contar por tanto con un seguro para poder circular por España.
Otra gran novedad es que la DGT creará en los próximos meses un nuevo registro de los propietarios de todos estos Vehículos de Movilidad Personal. Fuentes de Tráfico han señalado al diario EL PAÍS que hasta la fecha no han recibido todavía el encargo de la creación de ese registro, por lo que se desconoce de momento sus particularidades. El objetivo, eso sí, es tener controlados todos los dispositivos que, según algunos informes, se calcula que alcanzan los 5 millones ya en España.

Con estas nuevas normas, el Gobierno pretende evitar todos los numerosos problemas que se han venido provocando en los últimos años con accidentes en los que se ven envueltos estos nuevos medios de movilidad, y especialmente los patinetes eléctricos, donde resultan dañadas terceras personas o vehículos y, en muchos casos, aunque los culpables sean los propietarios de estos VMP sus dueños se declaran insolventes frente a altas indemnizaciones, o han tenido que responder directamente con su patrimonio.
Para poder obligar a la contratación del seguro, la nueva ley incorpora el concepto de vehículo personal ligero, definido como los “vehículos a motor eléctrico que circulan por el suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y que pueden alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h, siempre que su peso sea inferior a 25 kg. Si los supera, la velocidad máxima nunca será mayor de 14 km/h”.
Con esta nueva Ley de Seguros de Automóviles, el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa asegura buscar compatibilizar el impulso a la movilidad sostenible con la protección a las víctimas en casos de accidentes. De momento no se ha concretado aún el desarrollo exacto de este tipo de su seguro, ni su obligatoriedad, que se debatirá y conformará a través de una comisión antes del próximo 2 de enero. El seguro cubrirá los daños a terceros, defensa jurídica y asistencia sanitaria.

Este supone el primero paso serio en España para controlar el uso y circulación de los patinetes y bicicletas eléctricas, pero podrían llegar más en los próximos meses. Desde hace tiempo, la asociación AECA-ITV, que engloba a la práctica totalidad de estaciones de ITV en España actuando como su patronal, exige que estos vehículos deban pasar también inspecciones obligatorias para evitar modificaciones que son habituales y generales y que terminan por permitir a estos medios de transporte circular a más velocidad de la permitida, así como poder comprobar el estado de las baterías para evitar incendios provocados por su mal funcionamiento o su manipulación.
Mejoras en las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico
Pero la reforma de la Ley de Seguros de Automóviles no solo afectará a los Vehículos de Movilidad Personal. Esta reforma incluye además mejoras en las indemnizaciones a las víctimas de accidentes de tráfico para tratar de agilizar el procedimiento de cobro de las mismas y evitar que el trámite termine en demanda o denuncia hasta el pronunciamiento de un juez.
La modificación de la normativa permitirá ahora acudir a cualquier alternativa extrajudicial de controversias, como la mediación, además de facilitar de manera gratuita los atestados policiales. También desde el Gobierno se prevé que se impongan plazos más cortos para las valoraciones médicas y de emisión de informes periciales.

Los importes de las coberturas también variarán con la previsión de que se actualicen conforme al índice de precios al consumo (IPC). También se amplíarán las indemnizaciones para mejorar la cobertura de los afectados, como es el de las personas dedicadas a las tareas del hogar en la unidad familiar.
Además, según informa El País, el Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo de las indemnizaciones en tres nuevos supuestos: “cuando la entidad aseguradora sea insolvente, incluso si se trata de entidades extranjeras; si el accidente ha sido causado de forma deliberada; y si se circula sin seguro obligatorio”.
Conoce en canal de Youtube de gestión de flotas

Suscríbete a la Newsletter de gestión de flotas
Curso ONLINE para la gestión de flotas de vehículos
Advanced Fleet Management Consulting, Webfleet Solutions, Optimatics, Mobileye, GantaBI, Unigis, Eccocar, y Alcoa Wheels organizan el “Curso para la Gestión de flotas de vehículos” con el fin de formar a los profesionales en gestión de flotas a tomar una visión global y conocer todas las actividades y factores clave involucrados en la gestión de una flota de vehículos.
El curso es único y presenta un enfoque innovador con los objetivos de reducir costes y optimizar la gestión de la flota.
info@advancedfleetmanagementconsulting.com
Rellena el siguiente formulario para recibir la información del curso y te puedas inscribir.
