Desde ayer 1 de octubre, hay coches y vehículos que no tendrán que pasar la ITV nunca más. Al menos obligatoriamente. Es una de las principales novedades del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos que acaba de entrar en vigor.
Se suma a otra de sus principales ventajas: pueden circular por las ZBE aunque no tengan etiqueta. Aunque también tienen obligaciones y has de tener en cuenta que no todos los clásicos pueden ser históricos.
¿Qué coches y vehículos se libran para siempre de la ITV?
Todos aquellos coches, motos o industriales que sean catalogados como históricos que tangan más de 60 años desde su matriculación no tienen que someterse a esta inspección periódica, obligatoria para el resto de vehículos.
También los ciclomotores clasificados como históricos, y en su caso independientemente de la edad (deben tener más de 30 años como el resto y ya). Estos vehículos antes no estaban contemplados en el reglamento de históricos.
No hay que realizar ningún trámite para disfrutar de esta excepción: si ya están ya clasificados como vehículos históricos y superan los 60 años de antigüedad, se aplica automáticamente. Y en caso de registrar un coche o vehículo como histórico a partir de ahora, igualmente no exige trámite adicional.
Aunque con estos vehículos pasar la ITV deja de ser obligatorio, aquellos propietarios que lo deseen puede someter a sus coches a un inspecciones voluntarias.
Menos inspecciones ITV para los que no superen los 60 años
Para los coches históricos que tengan una antigüedad inferior a 60 años no hay novedades con la ITV. Aunque siguen pasándola menos menos veces que el resto de vehículos, pues tienen intervalos mayores.
Estos son los plazos, que varían en función de su antigüedad:
- De entre 30 y 40 años: cada dos años.
- De entre 41 y 45 años: cada tres años.
- De más de 45 años: cada cuatro años.
No obstante, el Servicio Técnico de Vehículos Históricos podrá fijar una periodicidad inferior si lo justifica técnicamente. Esto, se aplica sólo a los históricos de Grupo B, que se siguen rigiendo por el procedimiento habitual y no abreviado que ahora se aplica para los de Grupo A. Señalar que los de Grupo B son aquellos que o bien no tienen la ITV en regla en el momento de su catalogación o bien que son importados y no han sido matriculados en España.
Pero cuidado: estos plazos comienzan a contar después de completar la inspección ya estipulada antes de la entrada en vigor de la normativa. Es decir, los ya registrados como históricos deberán pasar la ITV en la fecha indicada en su ficha técnica. Y a partir de entonces, ya se aplican los nuevos plazos.
Sin pegatina de la ITV, pero sí ficha técnica
A diferencia del resto de vehículos, los históricos no están obligados a llevar la pegatina de la ITV (distintivo V-19), ya sea en el cristal o en un lugar visible y no se les multa por ello. En su lugar eso sí, deberán llevar la nueva etiqueta que los identifica como históricos.
Además sí que deben llevar la ficha técnica, que junto al permiso de circulación se incluye entre la documentación obligatoria para circular como ocurre con cualquier otro vehículo.
Inspecciones menos exigentes
Los coches históricos, y los vehículos catalogados como tal, pasan una revisión más laxa que el resto de vehículos. No se les exigen ciertos elementos mecánicos y de seguridad que son ahora obligatorios. El motivo es obvio: al ser coches y vehículos antiguos, no disponen de estos avances tecnológicos. Por ejemplo, los cinturones en el asiento trasero.
Por lo demás, su inspección no se diferencia mucho de las que se aplica al general de vehículos: se revisa motor, frenos, dirección, luces, neumáticos, carrocería o emisiones.
¿Qué coches pueden ser vehículos históricos?
No se debe confundir un coche clásico o antiguo con un histórico. Se considera coche clásico cuando tiene de 25 años en adelante, pero para ser catalogado como histórico debe tener por lo menos 30 años y cumplir al menos uno de estos requisitos:
- Que ya no se produzca su tipo específico.
- En su estado original: sin modificaciones importantes en sus características. Aunque el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos sí que acepta reformas que fueran habituales cuando el coche se producía y comercializaba.
- En perfecto estado: el coche debe estar bien conservado y mantenido, tanto a nivel de carrocería y habitáculo como de elementos mecánicos.
Además, como antes, también pueden clasificarse como históricos:
- Los que esté incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural o que tengan un interés especial (pertenecer a personalidades relevantes o acontecimientos históricos).
Decir que si tu coche cumple alguno de estos aspectos no se convierte en histórico automáticamente: hay que registrarlo como tal, aunque el proceso ahora sea más sencillo y barato.