La Dirección General de Tráfico (DGT) anuncia que sancionará con 200 euros a los vehículos que no respeten los protocolos anticontaminación. La pregunta que se hace Noelia López Redondo en movilidadelectrica.com es: ¿afecta esto también a los eléctricos?
Entre las novedades de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial aprobada en el Congreso hace unos días, destaca la multa que la DGT impondrá a los vehículos que no respeten las restricciones de los protocolos anticontaminación.
Por primera vez, la DGT asume la responsabilidad de sancionar a quienes no respeten las restricciones impuestas a vehículos y conductores por cuestiones medioambientales, algo que, hasta ahora, recaía sobre los ayuntamientos.
Multa de 200 euros por restricciones ambientales
De acuerdo con el texto aprobado en el Congreso, la Ley de Tráfico 2022 sanciona con multas de 200 euros a quienes no respeten las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de bajas emisiones.
Madrid, por ejemplo, tiene un plan de actuación en varios escenarios que se activan a medida que las estaciones de medición registran índices superiores a los permitidos. En el primer escenario se limita la velocidad máxima en la M-30 y alrededores que no podrá ser superior a 70 km/h.
Las multas para quienes no respeten esta medida es de 90 euros. De la misma cuantía es la sanción para quienes accedan a Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) sin cumplir los requisitos establecidos.
En Barcelona, otra de las ciudades que se han adelantado a la Ley de Cambio Climático que impone la creación de ZBE en localidades con más de 50.000 habitantes, la sanción por no cumplir los protocolos anticontaminación es de 100 euros.
Los coches eléctricos ante los protocolos anticontaminación
Pensados para discriminar a los vehículos que más contaminan, lo lógico sería pensar que los vehículos ‘cero emisiones’ están exentos del cumplimiento de las normas que imponen los protocolos anticontaminación y, por ende, de las sanciones que conllevan. No siempre es así.
Hace poco, Madrid mantuvo activo durante varios días el escenario 1 de su protocolo anticontaminación. Éste es el que limita la velocidad máxima en M-30 y alrededores. No distingue ni tipos de propulsión, ni emisiones, con lo que es una norma de obligado cumplimiento para todos los vehículos en circulación, eléctricos incluidos.
Diferente es el caso de las Zonas de Bajas Emisiones ya que éstas sí establecen restricciones en función de las emisiones contaminantes. Cada ayuntamiento las regula a su forma, pero como norma general los vehículos eléctricos tienen libre acceso y circulación por las zonas acotadas.
Fuente: http://www.asepa.es/
Antonio Mozas
Director de ASEPA (Asociación Española de Profesionales de Automoción)
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