El Ministerio de Transportes ha confirmado cómo se aplicará en España el nuevo Reglamento ómnibus que posibilita a los Estados ampliar los plazos de validez de determinados certificados, permisos y autorizaciones habituales para facilitar el desarrollo de la actividad del transporte.
Pese a que dicho Reglamento lo posibilitaba, tanto el Ministerio de Industria como el Ministerio del Interior han descartado en esta ocasión prorrogar la vigencia de la ITV y de los permisos de conducir, respectivamente.
Por su parte, el Ministerio de Transportes ha concretado que, en lo que se refiere a los permisos y autorizaciones de transporte que dependen de su ámbito competencial, dicha prórroga se limitará al certificado de aptitud profesional CAP de los conductores profesionales. Así, acogiéndose a los plazos máximos que prevé el Reglamento europeo, la validez de las tarjetas CAP de los conductores profesionales que hubieran caducado o caduquen entre el pasado 1 de septiembre y el próximo 30 de junio serán prorrogadas por un periodo de 10 meses más a contar desde la fecha de caducidad indicada en la tarjeta.
Sin embargo, la norma no afecta a los conductores que ya se hubieran beneficiado de la prórroga anterior de siete meses aprobada en mayo del pasado año, en cuyo caso, la ampliación de su validez será de sólo seis meses más (no de 10 meses) y, en ningún caso, podrá rebasar la fecha del 1 de julio.
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