Izaskun Bilbao Barandica, representante del grupo parlamentario europeo Renew en la negociación de la Directiva sobre movilidad de los conductores profesionales, destaca que este tipo de casos son los que pretende evitar las disposiciones introducidas para acabar con las llamadas “empresas buzón”. Este tipo de compañías fijan su sede social en un Estado de la Unión, seleccionado en función del nivel en que se encuentra su salario mínimo, y efectúan en ese Estado las contrataciones de conductores, para luego operar en toda la Unión Europea.
Los problemas de interpretación de la normativa en revisión han llevado a algunos Estados miembros a poner en marcha medidas unilaterales de control que introducen nuevas distorsiones en el mercado y añaden cargas burocráticas a las empresas de transporte.
El pasado mes de mayo, la eurodiputada vasca Izaskun Bilbao presentó una pregunta parlamentaria a la comisaria Europea, Adina Valean sobre la necesidad de combatir las empresas buzón en la Unión Europea, por la precarización laboral que ocasionan y la fuerte distorsión del funcionamiento del mercando interno europeo. Para ello, tomaba como referencia un reportaje publicado por Euronews en el que se denunciaba que un empresario sueco había elegido Letonia, el país de la Unión con el segundo salario mínimo más bajo, para fundar una empresa de transporte que contrataba conductores filipinos a razón de 670 euros mensuales, a los que se les explotaba obligándoles a vivir de forma permanente en el camión durante un año seguido, calculándose que más de 150.000 camioneros originarios de países terceros se encuentran en Europa en una situación similar.
A la vista de los hechos que se acreditaban en el reportaje, la eurodiputada española preguntó a la Comisión europea sobre si había datos fiables sobre la dimensión de este problema y de cómo va a asegurarse la Comisión de que se aplicarán de forma homegénea las medidas contra las empresas buzón en el futuro en la Unión Europea.
En respuesta a dicha interpelación parlamentaria, la comisaria europea de Transporte ha reconocido ser “consciente de la existencia de sociedades ficticias en el sector del transporte por carretera. La creación de una sociedad ficticia constituye una infracción de las condiciones relativas al requisito de establecimiento, dispuestas en el artículo 5 del Reglamento europero de acceso a la profesión de transportista”.
Los Estados, responsables de la inspección laboral
En todo caso, la comisaria recuerda que los principales responsables de hacer cumplir el requisito de tener un establecimiento efectivo y fijo en un Estado miembro y, en caso necesario, de realizar inspecciones in situ en los locales de los operadores, son los propios Estados.
No obstante, reconoce que para luchar de forma más efectiva contra las empresas ficticias, en el Paquete de Movilidad se han introducido algunas medidas para alcanzar este objetivo, “como son el refuerzo de los criterios de establecimiento, en concreto, exigiendo un vínculo más estrecho entre la contratación de personal y el establecmiento físico del operador, y un aumento de los requisitos para una cooperación estructurada entre las autoridades competentes de los Estados miembros con respecto a las sociedades ficticias”.
Además, la comisaria de Transportes recuerda que el Paquete de Movilidad incluye una propuesta de la Comisión sobre normas de desplazamiento de los trabajadores, destinada a adaptarlas a las características específicas del transporte, cuya aplicación también contribuye a desincentivar la creación de sociedades ficticias.
En cuanto a la dimension real del fenómeno de las empresas ficticias, la Comisaria señala que “en el ámbito comunitario, el índice medio de infracción de las normas de establecimiento en 2012 se estimó en el 0,19% de las autorizaciones totales concedidas, lo que corresponde a un número total estimado de sociedades ficticias de, aproximadamente, 430 empresas”.
Por ultimo, la comisaria, en su respuesta, recuerda que la Unión Europea también apoya la cooperación entre los organismos de vigilancia del cumplimiento a través de la plataforma europea en materia de lucha contra el trabajo no declarado, que se integrará en la Autoridad Laboral Europea.
Escrito
Fuente: https://www.transporteprofesional.es
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